Testamento Espiritual


(Traducción de google, por lo que quizás no se haya traducido todo correctamente).

Observación preliminar:
Este testamento puede redactarse en forma de documento notarial y ser conservado por un notario de su elección.
Si escribe y conserva el documento usted mismo, debe hacer lo necesario para la validez de un documento privado (que tiene fuerza legal); pide para ello un abogado que te asesore, al menos debes:
– escríbalo usted mismo a mano o al menos fírmelo precedido de “leído y aprobado”
– indicar claramente el nombre, el lugar de residencia de usted, el (los) asegurador(es), la fecha y el lugar de redacción del documento.

Testamento Espiritual

(fecha y lugar)

El suscrito… (apellidos y nombres), con domicilio en… declara estar en buen sentido y en completa libertad y voluntad decidida para disponer lo siguiente sobre «lo que está y no está permitido» antes, bajo y después de mi muerte:

1– Rechazo todas las formas de donación y recepción de órganos (ciertamente no órganos vitales)
2– Rechazo toda forma de eutanasia
3- Rechazo los cuidados paliativos asociados a sobredosis de morfina u otros aceleradores de muerte. Los cuidados paliativos que no aceleran la muerte son posibles según mi deseo o el de las personas abajo que mantengan este testamento
4– Me niego a la cremación o incineración
5- Solicito expresamente la presencia del sacerdote mencionado a continuación en mi lecho de muerte para que me administre los últimos sacramentos y me acompañe en mi muerte. No necesita ser vacunado o probado.
6– Deseo una misa fúnebre y liturgia de cementerio según el Rito Tridentino, por el sacerdote católico, mencionado a continuación
7– este testamento ha sido conservado en varios ejemplares por las personas que se indican a continuación.
8- Todo esto es mi última expresa y santa voluntad.

– nombre del sacerdote(s): …

– nombres de las personas que conservan una copia:…

(firmar aquí precedido por leído y aprobado)
(si hay varias páginas, cada página excepto la última debe tener iniciales)

NB El trasplante


El trasplante, donación e incorporación de órganos no está permitido si los órganos son de vital importancia, como el corazón, ambos riñones, hígado, etc. Actualmente, el trasplante de órganos se realiza casi exclusivamente en personas clínicamente fallecidas por muerte encefálica. La muerte cerebral se manifiesta cuando el cerebro está tan dañado que es seguro que la persona morirá pronto (pero todavía está viva en ese momento). Debido a que en este caso los órganos aún están vivos y frescos, el trasplante tiene más posibilidades de éxito que el trasplante de órganos que ya no están vivos. La muerte cerebral no es una muerte real. La muerte es la separación del alma y el cuerpo. En la muerte clínica o cerebral, la persona sigue viva, la sangre sigue circulando. Por lo tanto, la única muerte real es la muerte del corazón, cuando la sangre deja de circular.
La llamada donación de órganos involucra órganos vitales, tomados de una persona viva que solo tiene muerte cerebral, es decir, todavía está viva. Así que es un asesinato y un suicidio.

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