Donación de órganos vitales: asesinato y suicidio !

Queridos,

 

¡MUY IMPORTANTE!   Advertencia !

 

En muchos países de habla hispana, como España, Argentina, Colombia, México (en algunas reformas), Perú y otros, rige o se está aplicando un sistema de consentimiento presunto (también llamado “donante presunto” o opt-out). Esto significa que toda persona mayor de edad es considerada automáticamente como potencial donante de órganos y tejidos después de su muerte, a menos que haya expresado explícitamente su negativa en vida.

 

En caso de accidente grave, muerte súbita o muerte encefálica, sus órganos y tejidos podrían ser extraídos sin que usted haya dado su consentimiento personal previo, salvo que esté oficialmente registrado como opositor.

 

Por eso es esencial que quienes no desean donar sus órganos se registren explícitamente como negantes y lo comuniquen claramente a su familia.

 

Velad por el respeto a la vida y al cuerpo humano, incluso en la hora de la muerte.

 

Más explicaciones

 

– España: Desde la Ley 30/1979 (modificada posteriormente), rige el consentimiento presunto. Toda persona es considerada donante salvo que haya manifestado lo contrario en vida. En la práctica, siempre se consulta a la familia y se revisa el Registro de Instrucciones Previas o Voluntades Anticipadas. La muerte encefálica está legalmente reconocida como muerte.

 

– Argentina: Con la “Ley Justina” (2018), se reforzó el sistema de donante presunto. Todos los adultos son considerados donantes salvo que hayan registrado su oposición. La familia suele ser consultada.

 

– Colombia: Desde la Ley 1805 de 2016, rige el consentimiento presunto. Toda persona es donante salvo que manifieste por escrito su negativa ante notario y la registre ante el Instituto Nacional de Salud (INS).

 

– México: La legislación general contempla el consentimiento presunto en varias entidades, aunque se consulta a la familia. Existen registros estatales para expresar voluntad de donar o rechazar.

 

– Perú y otros países de Latinoamérica: Varios países han avanzado hacia el consentimiento presunto o sistemas mixtos. En Perú, recientemente se eliminó en algunos casos la necesidad de autorización familiar cuando existe presunción. En Chile, Uruguay y otros, también existen figuras de donante presunto con participación familiar.

 

En todos estos países usted tiene el derecho y la posibilidad de oponerse totalmente al prelevamiento de órganos. Esta oposición debe quedar registrada de forma clara y preferiblemente oficial, especialmente si se debe a motivos morales o de fe religiosa.

 

La donación de órganos puede ser moralmente aceptable cuando es plenamente voluntaria y no implica una muerte directa. Sin embargo, existen serias cuestiones morales en torno al concepto de “muerte encefálica” y las prácticas de extracción de órganos.

 

Muerte clínica versus muerte encefálica

 

La legislación oficial en estos países considera generalmente la muerte encefálica (o muerte cerebral) como equivalente a la muerte real.

 

Sin embargo, cuando se diagnostica la muerte encefálica, la circulación sanguínea suele continuar en el cuerpo gracias a la ventilación mecánica y medicamentos. Según la concepción clásica, la verdadera muerte (separación del alma y el cuerpo) solo ocurre cuando el corazón se detiene definitivamente y la sangre se coagula en las venas.

 

El criterio de “muerte encefálica” se utiliza principalmente para permitir la extracción de órganos mientras estos aún están vitales y utilizables, lo que aumenta significativamente las posibilidades de éxito de los trasplantes. En la práctica, el cuerpo se mantiene en un estado fisiológicamente vivo, pero se declara jurídicamente muerto para extraer los órganos vitales.

 

Hablamos aquí exclusivamente de órganos vitales (corazón, ambos riñones, hígado, pulmones, etc.).

 

La donación de órganos o tejidos no vitales (un riñón, parte del hígado, piel, córneas, etc.) puede constituir un acto de gran caridad hacia el prójimo.

 

La extracción de órganos vitales que una persona necesita para vivir es considerada por algunos como moralmente problemática (suicidio para el donante y homicidio para el cirujano).

 

Registre por tanto su negativa a tiempo para evitar actuar o permitir que actúen contra su voluntad.

 

Sí, puede oponerse de forma efectiva y jurídica a la donación de órganos en todos estos países. Esto es especialmente necesario si lo rechaza por motivos de conciencia o convicción religiosa.

 

Formas concretas de rechazar

 

En España:

 

– Registro oficial (muy recomendado): Exprese su oposición en el Registro de Instrucciones Previas (Voluntades Anticipadas) de su comunidad autónoma o a través de los canales oficiales del Sistema Nacional de Salud. También puede manifestarlo por escrito y comunicarlo a la familia.

 

– Declaración escrita (complementaria): Redacte un documento: “Rechazo toda donación de órganos y tejidos en cualquier circunstancia.” Fírmelo, féchelo y consérvelo junto a sus documentos de identidad.

 

– Informar a la familia (muy importante): Diga claramente: “No quiero donación de órganos.” En la práctica, los médicos siempre consultan a los familiares.

 

– Tarjeta física (opcional): Lleve una tarjeta en la cartera: “Ninguna donación de órganos”.

 

En Argentina, Colombia, México y otros países de Latinoamérica:

 

– Registro oficial de negativa:

– En Colombia: Registre su voluntad negativa ante notario y preséntela al Instituto Nacional de Salud (INS) a través de su plataforma RedDataINS.

– En Argentina: Inscríbase en el registro nacional de negativa a la donación (INCUCAI).

– En México: Utilice los registros estatales o la plataforma nacional correspondiente para expresar su rechazo.

– En Perú y otros: Consulte el registro nacional o regional de donación para manifestar su oposición.

 

– Declaración escrita (complementaria): Redacte un documento claro, fechado y firmado donde indique su rechazo total a la donación de órganos. Guarde copias y entréguelas a familiares de confianza.

 

– Informar a la familia (extremadamente importante): Comunique de forma clara y repetida a sus seres queridos: “No deseo donar mis órganos.” En la mayoría de los países hispanohablantes, la familia es consultada y su opinión suele tener gran peso.

 

– Tarjeta o nota (opcional): Lleve una tarjeta o anotación en su cartera o documento de identidad: “No deseo ser donante de órganos”.

 

Realidad práctica importante

 

– En los países con consentimiento presunto (España, Argentina, Colombia, etc.), si no hace nada, se le considera donante. La familia es casi siempre consultada.

– Con un registro oficial de negativa o una declaración clara, los equipos médicos deben respetar su voluntad (aunque en la práctica la opinión familiar sigue siendo decisiva en muchos casos).

– Informar a su familia sigue siendo lo más importante para evitarles dilemas dolorosos en el momento más difícil.

 

Que su decisión esté guiada por su conciencia y su fe. Infórmeles a sus seres queridos sin demora: esto les evitará sufrimientos innecesarios en el trance más duro.

 

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