Visión General – Crisis en la Iglesia
Jurisdicción de Suplencia en los Tiempos Actuales
de la Vacancia Prolongada de la Sede Apostólica
Índice
- Introducción
- Certeza
- Status quaestionis
- El Plan
- La Materia de los Capítulos
- Conclusión
- Introducción
Queridos fieles,
Este estudio me fue solicitado por mi superior y la santa obediencia me ha puesto, por tanto, a trabajar.
Pero aparte de eso, estoy muy motivado en este proyecto, porque su tema determina mi vida y mi eternidad, e imagino que también es el caso para muchas otras personas, fieles verdaderos de Nuestro Señor Jesucristo e hijos de Su Iglesia. Por pequeña que se haya vuelto en estos tiempos de apostasía, seguimos creyendo en Él y en Ella:
«Creo … en Jesucristo, su único Hijo, nuestro Señor.
Creo … en la santa Iglesia católica»
(Tomado del Símbolo de los Apóstoles (Credo), tal como era y es universalmente recitado en la Iglesia católica).
En efecto, estamos en guerra («Pondré enemistades entre ti y la Mujer» cf. Gn 3, 15) y somos «un ejército en orden de batalla» («la Iglesia militante», cfr. Catecismo Romano). Para vencer a un enemigo que no son sólo los demonios sino también sus partidarios en la tierra, se requiere necesariamente una buena estrategia y tácticas eficaces. Una de las condiciones indispensables para vencer – y se nos promete la victoria total sobre todos nuestros enemigos «Ella te aplastará la cabeza» (cfr. Gn 3, 15) – es conocer a sus enemigos y a sus amigos. A sus amigos, para coordinar nuestros esfuerzos, y a sus enemigos, para estar al tanto de sus fuerzas y de sus debilidades: sus fuerzas para organizar una resistencia suficiente que los detenga y los aniquile, sus debilidades para saber dónde golpearlos con éxito. Todo con la gracia de Dios, sin la cual nada podemos hacer («sin Mí nada podéis hacer» cf. Evangelio).
Estando profundamente convencido de que Dios permite el mal en vista de un bien mayor, queremos conocer el mal suficientemente para neutralizarlo, y el bien para realizarlo, todavía con Su gracia.
Este es el motivo y el fin de este estudio sobre la jurisdicción de la Iglesia actual. Al hacerlo no pretendemos hacer otra cosa que Su Santa Voluntad, bajo el reinado del Rey y de la Reina de los ejércitos celestiales.
- Certeza
A fin de evitar caer en opiniones interminables que arriesgarían dividirnos aún más, en un contexto de incertidumbre y de crisis sin solución aparente, me limito estrictamente a lo que pertenece a la fe, al depósito de la fe, a las definiciones del Magisterio infalible, a los dogmas, a la unanimidad de los Padres de la Iglesia y a la doctrina común de autores de peso, en resumen, a certezas, apoyándome en la promesa de Nuestro Señor Jesucristo:
«Buscad y hallaréis»
Evangelio según san Mateo 7, 7 y san Lucas 11, 9.
Procederé necesariamente paso a paso porque el tema es muy vasto.
Si es inevitable recurrir a opiniones por falta de certeza, señalaré claramente que se trata sólo de opiniones.
- Status quaestionis
El itinerario general será el siguiente:
Para establecer la necesidad y el derecho a la jurisdicción de suplencia, conviene demostrar la existencia de una situación actual que hace imposible el recurso a la jurisdicción ordinaria inexistente, así como la necesidad de tener una jurisdicción, un gobierno indispensable para esta sociedad perfecta, indefectible e inmortal que es la Iglesia.
Esta situación no es otra que una crisis sin precedentes en la historia de la Iglesia, provocada por la defección de la papado a causa de las herejías públicas de Pablo VI (y según algunos, de Juan XXIII).
Las causas profundas de esta crisis actual, de 1964 hasta nuestros días, residen en una infiltración secular de los peores enemigos de la Iglesia, que han logrado realizar una usurpación total del poder supremo, secreta y cuidadosamente efectuada en el seno de la Iglesia. Estos últimos han reemplazado progresivamente la Iglesia por otra que se le parece, pero que es una falsificación magistral.
Mientras tanto, por supuesto, la verdadera Iglesia, aunque compuesta por un pequeño número de fieles, continúa milagrosamente su existencia y sus funciones necesarias y útiles, por la voluntad de Dios de continuar la redención de los hombres hasta el fin de los tiempos. Escribo «milagrosamente», en el sentido de que, humanamente hablando, la Iglesia está perdida, porque se ha visto reducida a extremos en los que no podrá sobrevivir sin la ayuda de Dios.
- El Plan
El itinerario seguirá un desarrollo según verdades o hechos claramente establecidos. A grandes rasgos, la progresión será la siguiente:
4.1. La Iglesia es una sociedad visible, perfecta y necesariamente gobernada por la autoridad legítima.
La Iglesia, fundada por Cristo, es una sociedad sobrenatural pero real, compuesta de hombres (almas y cuerpos), y por consiguiente necesariamente regida por una autoridad visible y capaz de actuar. Como toda sociedad perfecta, debe disponer de un gobierno para subsistir y cumplir su fin utilizando sus medios: conducir las almas a la salvación eterna por los medios de gracia desarrollados por su Fundador, Nuestro Señor Jesucristo.
4.2. El Pontífice Romano puede perder su cargo por herejía pública y notoria.
Según varios de los más grandes Doctores, el papa puede caer en herejía manifiesta y, por eso mismo, cesar ipso facto de su oficio. Porque quien ya no es miembro de la Iglesia no puede ser su cabeza. Por consiguiente, la jurisdicción ordinaria unida al papado y transmitida por él cesa también.
4.3. En la vacancia prolongada, la Iglesia o Cristo suple la jurisdicción.
En caso de necesidad para la salvación de las almas, la Iglesia (por su ley o por equidad) o Cristo (como Jefe) suple la jurisdicción, pero siempre según los principios limitados del derecho y de la teología moral.
La indefectibilidad prometida a la Iglesia prohíbe que permanezca sin gobierno. La Santa Providencia vela por la ejecución de las promesas divinas. Si los órganos normales, visibles y oficiales son neutralizados por la usurpación o la apostasía, entonces Dios suple, directamente o por medio de su Iglesia, comunicando de manera extraordinaria e inmediata la jurisdicción necesaria para la supervivencia y el funcionamiento de la Iglesia militante a los miembros capaces y dignos de ejercer lícitamente este cargo. Veremos la validez del sacramento del Orden y la licitud de los sujetos de la jurisdicción de suplencia.
4.4. Los obispos católicos ejercen la jurisdicción de suplencia por el bien común.
Esta jurisdicción suplida no es una invención humana, sino un efecto de la promesa de Cristo que permanece con Su Iglesia hasta la consumación de los siglos. Es ejercida por los obispos que han permanecido fieles a la fe católica, asistidos por sus sacerdotes, a fin de que los sacramentos sean administrados válida y lícitamente, y que el Magisterio continúe ejerciéndose para la santificación de las almas. En efecto, estos obispos católicos válidamente consagrados pueden realizar ciertos actos necesarios para el bien común de la Iglesia, dentro de los límites impuestos por la necesidad, la fe y el derecho divino.
4.5. El Papado es una institución divina.
Esta situación obliga a estudiar si, y bajo qué condiciones, los obispos católicos pueden o deben contribuir a una elección pontificia legítima, particularmente en la línea de un concilio general imperfecto.
Será necesario distinguir: derecho de necesidad, convocatoria moral de los obispos, representación de la Iglesia docente, condiciones de visibilidad, certeza moral, aceptación pacífica universal.
Porque la Iglesia debe tener un jefe visible, según autores de peso, siendo el papado de institución divina, esta jurisdicción de suplencia confiere también el derecho y el deber, en el tiempo oportuno y según las condiciones requeridas, de proceder a la elección de un verdadero papa. Así se realiza el designio providencial de restaurar la visibilidad de la unidad y la plenitud de la autoridad jerárquica.
4.6. El Colegio de los Apóstoles (de los Obispos) como órgano de autoridad.
Mientras tanto, el sujeto jerárquico más elevado después del Pontífice Romano, en cuanto representa moralmente el episcopado católico y el órgano administrativo más alto en la Iglesia en tiempo de vacancia de la Sede Apostólica, es el Colegio de los Obispos. Prácticamente se ejerce por los concilios de todos los obispos o al menos por una asamblea moralmente representativa de los obispos católicos (por supuesto: válidamente consagrados y enteramente “ortodoxos”, es decir, rectos en la fe).
Mientras este colegio (y estos concilios) no esté organizado y por tanto no funcione, es necesario bajar un escalón más abajo, es decir, cada obispo individual en sus posibilidades, o algunos obispos colaborando juntos. Son ellos quienes realizan actualmente, en este tiempo prolongado de vacancia de la sede papal, el gobierno de la Iglesia con sus sacerdotes, en este sentido que cada obispo y sacerdote puede y debe, en la medida de la necesidad y de su competencia sacramental y doctrinal, contribuir al socorro de las almas y al bien común de la Iglesia.
- La Materia de los Capítulos
Puesto que la Iglesia es indefectible por la promesa y la asistencia divinas, continúa existiendo, pero actualmente con pocos miembros. En cuanto sociedad humana, no puede existir sino por un gobierno, y puesto que es perfecta porque es divina, este gobierno debe funcionar con autoridad y fuerza, eficazmente. Esto se llama jurisdicción de suplencia o de reemplazo.
Dado que todos los órganos y estructuras oficiales han sido corrompidos por la infiltración de enemigos y por herejías, esta jurisdicción es de origen y naturaleza inmediata, extraordinaria y divina.
Esta jurisdicción o suplencia se dice «inmediata» en el sentido de que no procede de una delegación actual de un superior humano (el papa), sino de la asistencia divina prometida a la Iglesia y de la aplicación de sus propias leyes en caso de vacancia de la Sede Apostólica.
Nuestro clero, obispos y sacerdotes necesitan esta jurisdicción para poder funcionar y cuidar como «buenos pastores de su rebaño», y nosotros, verdaderos miembros de este clero de la Iglesia, debemos poder probar a los confráteres vacilantes o perplejos y a nuestros fieles que existe y que es legítima. De ahí este estudio.
Será necesario demostrar las herejías de un papa reciente y establecer que éstas han provocado la cesación de su cargo.
Luego convendrá explicar el funcionamiento de esta jurisdicción de suplencia y su extensión.
Finalmente, será necesario proponer una solución para salir lo más rápidamente posible de esta crisis, porque «no hay salvación fuera de la Iglesia», para la salvación de ocho mil millones de almas que viven actualmente en la tierra, por las cuales Nuestro Señor Jesucristo derramó su Preciosa Sangre, así como para el socorro de las innumerables almas del purgatorio que esperan nuestros sufragios.
Salir lo más rápidamente posible de esta crisis – ese es el desafío más importante y la obra más necesaria sobre el planeta.
- Conclusión
La jurisdicción de suplencia no es una invención ni una autodeclaración humana, sino un verdadero y necesario socorro divino, fruto de la fidelidad de Dios a sus promesas. Garantiza la continuidad de la Iglesia como sociedad jerárquicamente constituida, a pesar de la apostasía y la usurpación modernas.
En definitiva, esta jurisdicción no tiene más que una finalidad: la santificación de las almas y la gloria de Dios. Manifiesta que, incluso en la prueba más extrema, la Iglesia no puede desaparecer ni ser reducida a la impotencia.
«¡Creo … en la santa Iglesia católica»!
Así, confiados en la Providencia divina, esperamos con esperanza el día en que un verdadero sucesor de San Pedro sea dado a la Iglesia, haciendo plenamente visible su unidad y su fuerza, para la salvación del mayor número de almas.
Oremos sin cesar por el florecimiento de la Iglesia, Cuerpo místico de Nuestro Señor Jesucristo.
Eric Jacqmin+
Sacerdote de la Iglesia católica
De antemano me someto al juicio definitivo de la Iglesia sobre todos mis escritos.
«Roma locuta, causa finita»