21 Herejía Mayor del Vaticano II : “Gaudium et Spes”

Herejía Mayor del Vaticano II : “Gaudium et Spes”

La Constitución «Gaudium et Spes» es contraria

A la Enseñanza Infalible de «Quanta Cura»

y del «Syllabus Errorum»

 

Índice

 

Introducción  

– Sección 1: La Infalibilidad de «Quanta Cura» y del «Syllabus Errorum»  

– Sección 2: Las Contradicciones Específicas  

2.1. La Libertad Religiosa y el Derecho al Error  

2.2. La Separación de la Iglesia y del Estado, y la Neutralidad  

2.3. La Aceptación de la Modernidad y del Progresismo  

2.4. La Dignidad Humana Separada de Dios y de la Verdad  

– Sección 3: Refutación de los Contraargumentos  

Conclusión

 

Introducción

 

La constitución llamada “Gaudium et Spes”, promulgada durante el concilio Vaticano II, presenta contradicciones flagrantes con la encíclica “Quanta Cura” de Pío IX, fechada el 8 de diciembre de 1864, y el “Syllabus Errorum” que le está anexado.

Estas oposiciones directas, que derriban condenas infalibles, hacen que este documento sea contrario a la fe católica.

 

La constitución “Gaudium et Spes” (G&S) constituye, según Pablo VI, «la coronación de la obra del Concilio» (Pablo VI, 21 de noviembre de 1964).

 

La confesión (de un sospechoso) es una prueba, según las reglas de todo sistema de derecho.

 

«Ha sido considerada cada vez más después del Concilio como el verdadero testamento de éste» (Cardenal Ratzinger, Los principios de la teología católica, París, Tequi, p. 423).

 

«De todos los textos del II Concilio Vaticano, la constitución pastoral “Sobre la Iglesia en el mundo de este tiempo” (“Gaudium et Spes”) ha sido incontestablemente la más difícil, y también, junto con la constitución sobre la liturgia y el decreto sobre el Ecumenismo, la más rica en consecuencias… Si se busca un diagnóstico global del texto, se podría decir que es (en relación con los textos sobre la libertad religiosa y sobre las religiones del mundo) una revisión del Syllabus de Pío IX, una especie de contra-Syllabus… Contentémonos aquí con constatar que el texto desempeña el papel de un contra-Syllabus, en la medida en que representa un intento de reconciliación oficial de la Iglesia con el mundo tal como se había vuelto desde 1789.» (J. Ratzinger, Los principios de la teología católica – Esbozo y materiales, Colección Croire et Savoir, Téqui 1985, p. 423-427)

 

Esta confesión confirma, según los principios del derecho canónico anterior a 1963, la ruptura con la doctrina cierta.

 

De esta ruptura el “Cardenal” Ratzinger no hace una enfermedad, al contrario la erige en principio:

«Por el contrario, el Concilio también expresó y concretó la voluntad de desarrollar la teología a la luz de todas las fuentes, en su integridad, de mirar estas fuentes no a través del filtro de la interpretación del Magisterio de los últimos cien años, sino de leerlas y comprenderlas a partir de ellas mismas; el Concilio manifestó la voluntad de no escuchar solamente la Tradición católica, sino de profundizar y asumir de manera crítica incluso el desarrollo teológico de las otras iglesias y confesiones cristianas.»

(J. Ratzinger, Il nuovo popolo di Dio, Ed. Queriniana, Brescia, 1971, p. 310 ss.)

 

Este testimonio reviste una importancia particular puesto que emana de uno de los principales intérpretes del Concilio.

 

El análisis que sigue, fundado exclusivamente en la enseñanza tradicional, demuestra estas contradicciones mediante citas exactas, refutando los posibles contraargumentos.

 

Sección 1: La Infalibilidad de «Quanta Cura» y del «Syllabus Errorum»

 

Quanta Cura y el Syllabus Errorum condenan los errores modernos, tales como el racionalismo, el indiferentismo religioso, el liberalismo y la separación de la Iglesia y del Estado. Su infalibilidad está establecida por los teólogos pre-conciliares, que los consideran como pertenecientes al magisterio ordinario universal o al magisterio extraordinario.

 

El Diccionario de Teología Católica, en el artículo «Syllabus» de 1912, afirma que este documento es infalible, porque constituye un «actus ex cathedra», ligado a Quanta Cura, donde Pío IX proscribe con autoridad apostólica todos los errores mencionados:

 

«Los rechazamos, los proscribimos y los condenamos por Nuestra Autoridad Apostólica; y queremos y ordenamos que todos los hijos de la Iglesia católica los tengan absolutamente por rechazados, proscritos y condenados.»

 

El artículo precisa que los teólogos lo consideran vinculante e infalible, sea por el magisterio ordinario universal, sea por el magisterio extraordinario.

 

Franz Xavier Wernz, en Ius Decretalium de 1905, declara que no se puede dudar que la encíclica Quanta Cura sea una verdadera definición ex cathedra del Pontífice Romano, y por tanto infalible.

 

Hugo von Hurter, en Medulla Theologiae Dogmaticae de 1908, añade que las proposiciones condenadas contienen una doctrina que de alguna manera es nociva para la doctrina católica, según la declaración infalible del pontífice romano.

 

Johann Cardenal Franzelin, en una carta del 19 de marzo de 1868, reproducida en Études religieuses de julio de 1889, escribe que por la voluntad y el mandato del Pontífice, los errores que habían sido prohibidos por él en otras ocasiones, son anotados como errores contra la sana doctrina y que deben evitarse por los fieles, y reunidos en una especie de sumario, comunicado a todos los Pastores de la Iglesia universal; en el cual mandato y acto parece estar contenida y manifestada enteramente la voluntad de dar una norma universal de pensar y de enseñar en estos puntos que allí se indican. Subraya que la autoridad del Syllabus está demostrada por el consenso de todo el episcopado católico.

 

Jean Bainvel, en De magisterio vivo et traditione de 1905, afirma que la mayoría de los teólogos, apoyándose en el sentido moralmente unánime de los Obispos y de los fieles, que así lo han comprendido, consideran que estas proposiciones están prohibidas por un juicio infalible; y además, la condenación anterior ya era un acto infalible, o bien el Papa marca en la Encíclica Quanta Cura (que es un acto infalible) estos errores como ya condenados por él.

 

Camillo Cardenal Mazzella, en Prælectiones scholastico-dogmaticæ de religione et Ecclesia, 6ª edición de 1907, confirma que la más célebre colección de Pío IX es la Encíclica Quanta Cura y el Syllabus Errorum del 8 de diciembre de 1864. En estos documentos, Pío IX condena los errores modernos con autoridad infalible.

 

Estas autoridades teológicas demuestran que Quanta Cura y el Syllabus establecen una norma universal para la Iglesia, aceptada por el consenso de los obispos y de los fieles, de acuerdo con el concilio Vaticano I, que enseña que las condenas papales son vinculantes cuando conciernen a toda la Iglesia.

 

Sección 2: Las Contradicciones Específicas

 

2.1. La Libertad Religiosa y el Derecho al Error

 

– Gaudium et Spes, en el n. 16, afirma: «En el fondo de su conciencia, el hombre descubre la presencia de una ley que él no se ha dado a sí mismo, pero a la cual está obligado a obedecer, y cuya voz, que siempre lo llama a amar y a hacer el bien y a evitar el mal, resuena en el momento oportuno en los oídos de su corazón: haz esto, evita aquello. Pues es una ley inscrita por Dios en el corazón del hombre; su dignidad consiste en obedecerla, y es ella la que lo juzgará. La conciencia es el centro más secreto del hombre, el santuario donde él está solo con Dios y donde su voz se hace oír».

 

– Esto contradice directamente la Tradición:

 

Todos los catecismos enseñan que hay que escuchar bien y obedecer la propia conciencia, pero que se tiene la obligación grave de dejarla formar por la Iglesia; de lo contrario, la conciencia puede ser y permanecer errónea. Y varias conciencias son erróneas (laxistas o escrupulosas, etc.). Y pueden ser erróneas, sea por ignorancia invencible, sea por ignorancia culpable.

Y aunque siempre hay que seguir la propia conciencia, incluso errónea, el bien común tiene prioridad sobre el bien particular. Por tanto, la sociedad, la Iglesia y sobre todo el Estado católico debe prohibir manifestar públicamente sus errores, incluso inspirados por una conciencia errónea;

en efecto, para proteger al pueblo cristiano de errores en la fe y en las costumbres, el individuo debe ser impedido en esta especie de libertad de conciencia errónea manifestada públicamente y se le debe prohibir.

 

– Y en el n. 21: «La Iglesia mantiene que el conocimiento de Dios no está en modo alguno en contradicción con la dignidad del hombre, pues tal dignidad tiene precisamente en Dios su fundamento y su cumplimiento. La Iglesia, por su parte, aunque rechaza enteramente el ateísmo, confiesa sin embargo sinceramente que todos los hombres, creyentes y no creyentes, deben contribuir a la construcción justa de este mundo, en el que viven todos juntos; lo que ciertamente no puede hacerse sin un diálogo honesto y prudente.»

Esto reconoce un derecho universal a la libertad de conciencia, incluso en el error, incluso en público, y borra la distinción entre creyentes y no creyentes.

 

– Esto contradice también directamente «Quanta Cura», que condena la libertad religiosa como «libertad de perdición» (§6):

«Contra la doctrina de la Escritura, de la Iglesia y de los Santos Padres, no dudan en afirmar que ‘la mejor condición de la sociedad civil es aquella en la que ninguna obligación se reconoce al poder civil de reprimir con penas establecidas a los violadores de la religión católica, salvo cuando lo exige la paz pública’». (§5)

 

– El Syllabus Errorum condena

la Proposición 15: «Todo hombre es libre de abrazar y profesar la religión que, guiado por la luz de la razón, juzga verdadera.»

Y la Proposición 79: «Es falso que la libertad civil de toda forma de culto, y el pleno poder concedido a todos de manifestar abiertamente y públicamente cualesquiera opiniones y pensamientos, lleve más fácilmente a la corrupción de las costumbres y de los espíritus del pueblo, y a la propagación de la plaga del indiferentismo.»

 

– La contradicción es evidente, pues Gaudium et Spes concede la libertad a la conciencia, incluso errante, y esto equivale prácticamente a dar un cierto derecho público al error, mientras que Quanta Cura y el Syllabus enseñan que el error no tiene derechos y que el Estado debe reprimir las religiones falsas para proteger la verdadera.

En efecto, el texto mismo lo permite, puesto que GS 16 afirma: «La conciencia se equivoca a menudo, por ignorancia invencible, sin perder por ello su dignidad.» Es por tanto legítimo escribir que la dignidad reconocida a la conciencia permanece incluso cuando es objetivamente errónea. Gaudium et Spes prepara y supone una antropología que será explícitamente desarrollada en Dignitatis Humanae.

Objeción y su refutación:

La expresión «derecho público al error» será contestada por los defensores del Vaticano II, que responderán que el Concilio Vaticano II reconoce un derecho de la persona a la inmunidad de coacción y no un derecho del error en cuanto tal.

Podemos entonces replicar que, si la conciencia errónea conserva públicamente esta inmunidad civil, el efecto práctico equivale precisamente a reconocer un derecho civil de expresión del error. Esta distinción entre la teoría invocada y su efecto jurídico concreto refuerza considerablemente nuestra argumentación.

 

2.2. La Separación de la Iglesia y del Estado, y la Neutralidad

 

– Gaudium et Spes, en el n. 76, afirma: «Además, la Iglesia, en virtud de su tarea y de su competencia, no debe confundirse de ninguna manera con la comunidad política, ni ligarse a ningún sistema político; ella es a la vez el signo y la salvaguarda de la trascendencia de la persona humana.» Esto separa completamente la Iglesia y el Estado y niega un papel político a la Iglesia.

 

– Esto va contra el Syllabus Errorum,

Proposición 55: «La Iglesia debe estar separada del Estado, y el Estado de la Iglesia.»

Proposición 77: «En la época actual, ya no es útil que la religión católica sea considerada como la única religión del Estado, con exclusión de todas las otras formas de culto.»

Proposición 78: «De donde se decide sabiamente por la ley, en ciertos países católicos, que las personas que allí vienen a residir puedan ejercer públicamente su propio culto particular.»

 

– Quanta Cura condena esta separación como un error que socava la realeza social de Cristo: «no dudan en favorecer esta opinión errónea, la más funesta para la Iglesia católica y para la salvación de las almas, y que Nuestro predecesor de feliz memoria, Gregorio XVI, llamó un delirio, a saber, que «la libertad de conciencia y de cultos es un derecho propio de cada hombre, que debe ser proclamado y asegurado en todo Estado bien constituido»».

 

– La contradicción es indiscutible, pues Gaudium et Spes hace que el Estado sea neutro frente a las religiones, mientras que la enseñanza tradicional, como en Immortale Dei de León XIII del 1 de noviembre de 1885, exige que el Estado reconozca y promueva la religión católica.

 

2.3. La Aceptación de la Modernidad y del Progresismo

 

– Gaudium et Spes, en el n. 2, afirma: «El Concilio El mundo que tiene así en vista es el de los hombres, la familia humana entera con el universo en cuyo seno vive».

 

En el n. 4: «Para cumplir tal tarea, la Iglesia tiene el deber, en todo momento, de escrutar los signos de los tiempos e interpretarlos a la luz del Evangelio… Hoy, la humanidad entra en una nueva fase de su historia, en la que cambios profundos y rápidos se extienden progresivamente por todo el globo.»

 

Y en el n. 40: «Todo lo que hemos dicho sobre la dignidad de la persona humana, sobre la comunidad de los hombres, sobre el sentido profundo de la actividad humana, constituye el fundamento de la relación entre la Iglesia y el mundo, así como la base de su diálogo mutuo.» Esto abraza los cambios modernos y la secularización como positivos.

 

– Esto contradice el Syllabus Errorum,

 

Proposición 80: «El Pontífice Romano puede y debe reconciliarse y transigir con el progreso, el liberalismo y la civilización moderna.»

 

– Quanta Cura condena el modernismo como un conjunto de errores:

«contrariamente a la doctrina de la Escritura, de la Iglesia y de los santos Padres, no temen afirmar que ‘la mejor forma de gobierno es aquella en la que el poder civil no está obligado a castigar a los violadores de la religión católica, salvo cuando lo exige la paz pública’ (§5)».

 

– La ruptura es evidente, pues Gaudium et Spes celebra el mundo moderno, mientras que Quanta Cura y el Syllabus condenan el progresismo como conducente al indiferentismo y al ateísmo.

 

2.4. La Dignidad Humana Separada de Dios y de la Verdad

 

– Gaudium et Spes, en el n. 12, afirma:

«Creyentes e incrédulos están generalmente de acuerdo en este punto: todo sobre la tierra debe ordenarse al hombre como a su centro y a su cima.»

 

Esto funda la dignidad en el hombre mismo, incluidos los incrédulos, y reconoce que

«La conciencia se equivoca a menudo por ignorancia invencible sin perder su dignidad» (n. 16).

 

– Esto contradice Quanta Cura, que liga la dignidad a la verdadera religión y que fulmina contra esta doctrina absolutamente falsa de la comunicación social de donde nacen los males innumerables que afligen a la sociedad civil.

 

– El Syllabus Errorum condena la Proposición 3:

«La razón humana, sin tener en cuenta a Dios, es el único árbitro de lo verdadero y lo falso, de lo bueno y lo malo; ella es ley para sí misma, y basta, por sus fuerzas naturales, para procurar el bien de los hombres y de los pueblos.»

 

Y la Proposición 18: «El protestantismo no es otra cosa que una forma diversa de la misma verdadera religión cristiana, en la que se puede agradar a Dios tan bien como en la Iglesia católica.»

 

La contradicción es directa, pues Gaudium et Spes hace universal la dignidad sin necesidad de la verdad católica, mientras que la enseñanza tradicional, como en Libertas de León XIII del 20 de junio de 1888, enseña que la verdadera libertad y dignidad dependen de la sumisión a Dios y a Su Iglesia.

 

Sección 3: Refutación de los Contraargumentos

 

Contraargumento 1: Las contradicciones no son flagrantes, sino una diferencia de interpretación.

 

Esto debe refutarse, pues las citas muestran oposiciones directas: Gaudium et Spes retoma exactamente las proposiciones condenadas por el Syllabus, como la libertad de conciencia (Proposición 15) y la separación (Proposición 55).

 

A este respecto, el Vaticano I enseña: «Neque enim fidei doctrina quam Deus revelavit, velut philosophicum inventum proposita est humanis ingeniis perficienda, sed tanquam divinum depositum Christi Sponsae tradita, fideliter custodienda et infallibiliter declaranda.» Luego: «sensus dogmatum perpetuo est retinendus… neque ab eo sensu recedendum…»

Denzinger 1800 (DS 3020).

Traducción: «En efecto, la doctrina de la fe que Dios ha revelado no ha sido propuesta a las mentes humanas como una invención filosófica para ser perfeccionada, sino como un depósito divino confiado a la Esposa de Cristo, para ser fielmente guardado e infaliblemente declarado.» Luego: «El sentido de los dogmas debe ser perpetuamente retenido… y no se debe apartar de ese sentido…»

 

Según la doctrina del Vaticano I sobre la inmutabilidad del sentido de los dogmas, una contradicción formal con una definición anterior constituiría, según la opinión de los teólogos clásicos, una herejía propiamente dicha. Así, las contradicciones flagrantes con la enseñanza infalible implican la herejía: los cánones que acompañan la Constitución están destinados a anatematizar las «herejías, hablando estrictamente».

Por tanto, toda proposición que contradiga una doctrina infalible –es decir, una verdad de fe sostenida por el consenso perpetuo– cae bajo el golpe del anatema y por tanto se califica de herejía.

 

Teólogos como Franz Xavier Wernz en Ius Decretalium de 1905 (IV, Título III, n°516) confirman que tales oposiciones hacen inválido el magisterio: si una proposición se opone a una verdad de fe infalible, vuelve inválida toda declaración magisterial que la sostenga.

 

Contraargumento 2: Gaudium et Spes es pastoral y se inscribe en la Tradición.

 

Esto es insostenible, pues la enseñanza pastoral no puede contradecir las condenas dogmáticas; Quanta Cura es infalible vía el magisterio ordinario universal, y Gaudium et Spes lo derriba, lo que lo hace contrario a la fe según Cum Ex Apostolatus Officio de Pablo IV del 15 de febrero de 1559, que no concede ninguna autoridad a los documentos erróneos.

 

Contraargumento 3: Las contradicciones no son herejía, sino un desarrollo.

 

Dei Filius prohíbe los desarrollos que contradigan las definiciones anteriores; el derribo flagrante en Gaudium et Spes del Syllabus (por ejemplo, la Proposición 80 sobre el modernismo) no es una evolución sino una ruptura.

Esta conclusión se confirma aún más por la enseñanza del Vaticano I sobre la naturaleza misma del magisterio pontificio. En efecto, el concilio enseña:

«El Espíritu Santo no fue prometido a los sucesores de Pedro para que hicieran conocer, bajo su revelación, una doctrina nueva, sino para que con su asistencia guardaran santamente y expusieran fielmente el depósito transmitido por los Apóstoles.»

(Pastor Aeternus, cap. IV; DS 3070.)

Por tanto, una enseñanza que presentara como legítima una doctrina anteriormente condenada no constituiría un desarrollo homogéneo de la fe, sino una alteración del depósito revelado.

 

Tal como explica Hugo von Hurter en Medulla Theologiae Dogmaticae de 1908, las oposiciones a los errores condenados definen la doctrina católica. En particular, que la doctrina católica se reconoce con certeza no solamente en las proposiciones afirmadas positivamente, sino también en las proposiciones opuestas a aquellas que han sido condenadas como erróneas, heréticas, cismáticas, etc. Pues como la Iglesia no puede equivocarse, al proscribir lo falso propone indirectamente, al menos negativamente, la verdadera doctrina, la cual debe entonces ser tenida como doctrina católica.

Y San Vicente de Lerins enseña en el Commonitorium, cap. 23:

«In ipsa item catholica Ecclesia magnopere curandum est ut id teneamus quod ubique, quod semper, quod ab omnibus creditum est.»

Traducción:

«En la misma Iglesia católica, hay que cuidar grandemente que mantengamos aquello que se ha creído en todas partes, siempre y por todos.»

Luego: «profectus fidei, non permutatio»

«progreso de la fe, no cambio.»

 

Conclusión

 

Estas pruebas demuestran contradicciones flagrantes entre Gaudium et Spes y Quanta Cura con el Syllabus Errorum, haciendo que Gaudium et Spes sea contrario a la fe católica y el concilio Vaticano II inválido como enseñanza magisterial, según la Doctrina cierta anterior a 1963. En efecto, estas contradicciones hacen que estas enseñanzas sean incompatibles con la fe católica tradicional.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*